Monday, March 20, 2006
Congreso Aprueba Ley Antitabaco

El Congreso acaba de aprobar la Ley Antitabaco, después de un año de discusión legislativa. La citada ley regulará la venta y publicidad del tabaco en Chile.
La legislación entrará en vigencia 90 días después de la firma por la Presidenta Bachelet. Prohíbe la venta de tabaco a menores de 18 años y su comercialización a menos de 100 metros del acceso a un plantel de enseñanza básica y media, aumenta y especifica el número de lugares donde quedará impedido fumar y obliga a restaurantes, bares, pubs y discotecas a separar ambientes para fumadores y no fumadores, con mecanismos de ventilación.
Además, prohíbe la publicidad del tabaco o de elementos vinculados con este producto, salvo al interior de los lugares de venta. Las cajetillas deberán destinar el 50% de su espacio de ambas caras principales para proporcionar información sobre los daños, enfermedades y efectos que el consumo o exposición al humo del tabaco provoca en la salud humana.
De conformidad a informe del Ministerio de Salud, en Chile 4 millones 779 mil 653 personas sufren de tabaquismo, con un consumo promedio de 8 cigarrillos diarios. En el año 2.002, 13 mil 82 personas murieron por causas atribuibles al tabaco, con un 17% del total de muertes en ese año.
OBJETIVO
El objetivo de esta legislación es por un lado restringir el consumo del tabaco en el país y evitar que los fumadores pasivos se expongan a los daños que su consumo provoca en la salud de las personas.
Se tomó como ejemplo para esta ley, la legislación que rige en otras naciones y las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud.
De acuerdo a la Encuesta Mundial de Tabaquismo Juvenil, Chile tiene el récord mundial de esta adicción, en niños y también 6 de cada 10 jóvenes entre 19 a 25 años, son fumadores habituales.
En los restaurantes se podrá apreciar a futuro que si los establecimientos superan los 100 metros cuadrados, tendrán la obligación de tener sitios especialmente diseñados para los no fumadores.
Mayores restricciones se producirán en hospitales, edificios públicos, aeropuertos, gimnasios, supermercados y centros comerciales, ya que no se podrá fumar dentro de ellos. Tampoco se podrá fumar en el Congreso.
Se impone obligaciones para las tabacaleras, dentro de ellas, las obligaciones de advertencias en las cajetillas de cigarrillos y la prohibición casi total de publicidad dentro del país, ya que ésta sólo se hará en los locales de venta y en un tamaño pequeño. Esta norma debe cumplirse dentro de 180 días.
Deberán velar por el cumplimiento de esta ley las autoridades sanitarias y Carabineros y los jueces de Policía Local tendrán las facultades para imponer las sanciones correspondientes.